El acuerdo CETA abre nuevas fronteras con Canadá, un país que ofrece oportunidades en una gran variedad de sectores para las empresas españolas. La economía canadiense es la undécima del mundo medida por el PIB nominal y en los últimos años su evolución ha tenido un comportamiento ejemplar según datos del Banco Mundial.
Desde el punto de vista de Canadá, la UE es su segundo socio comercial, sólo por detrás de EEUU. En 2015, las exportaciones canadienses a la UE alcanzaron los 29.533 M USD (7,2% del total), mientras que las importaciones canadienses procedentes de la UE se situaron en los 48.022 M USD (11,5% del total).
El Acuerdo Económico de Libre Comercio entre la Unión Europea y Canadá (CETA Comprehensive Economic and Trade Agreement), pretende multiplicar estas oportunidades a través de la supresión de una amplia lista de aranceles con el objetivo de fomentar el comercio entre la Unión Europea y el país norteamericano.
Según afirma Cristina Serrano, subdirectora comercial con Iberoamérica y América del Norte en la Secretaria de Estado de Comercio, las oportunidades que dicho acuerdo abre para nuestro país son muy grandes y podrían ser mucho más fuertes de lo que lo son actualmente. Según informa Serrano, en la actualidad, España solo exporta a Canadá el 4% de las exportaciones comunitarias, cuando el PIB de nuestro país equivale al 10% del europeo y teniendo en cuenta estos datos, las exportaciones españolas podrían duplicarse.
El CETA fue negociado entre Canadá y la UE entre 2009 y 2014 y en él se incluyen compromisos de liberalización en el comercio de bienes y servicios, además de capítulos sobre inversiones o compras públicas. Se trata del primer acuerdo de la UE con un país del G7, que, según la Comisión Europea, podría ofrecer grandes oportunidades a las pequeñas y medianas empresas con uno de los mayores mercados de exportación del mundo.
A continuación se señalan los principales beneficios que, según La Comisión Europea, el CETA aportará a las pymes europeas:
- Eliminación de casi todos los derechos de aduanas, ahorrando a las empresas europeas en torno a 500.000 millones de euros al año. En relación a la liberalización de los productos agrícolas, la Comisión Europea asegura que el CETA no cambiará la forma en que la UE regula la seguridad alimentaria y que todas las importaciones desde Canadá tendrán que cumplir las normas europeas en este ámbito. Algunos productos como la carne de ave o los huevos seguirán teniendo aranceles.
- Capacidad de participar en licitaciones públicas en Canadá. Las empresas de la UE podrán beneficiarse de los gastos del gobierno federal y provincial. Según confirma la Comisión Europea, Canadá creará también una web única de contratación pública electrónica que combinará la información sobre todas las licitaciones para garantizar que las empresas de la UE puedan aprovechar las nuevas oportunidades.
- Normativa más sencilla. El CETA facilitará a la UE y a Canadá trabajar juntos; por ejemplo, ambas partes aceptarán los certificados de evaluación de la conformidad de la otra.
- Simplificación de los negocios. El CETA hará que sea mucho más sencillo para las empresas de la UE ofrecer un servicio de posventa, permitiendo un movimiento más libre del personal temporal, como los ingenieros de mantenimiento.
- Homologación de títulos. La UE y Canadá reconocerán las cualidades profesionales de algunas profesiones reguladas arquitectos, ingenieros y contables por ejemplo.
Con el objetivo de analizar los beneficios de este acuerdo, el pasado mes de septiembre de 2016, la patronal europea Business Europe publicó un documento informativo (Link a PDF) al respecto en el cual estima un aumento de la producción de la UE de unos 12.000 millones de euros al año y un ahorro de tarifas para los exportadores de 470 millones de euros. Este mismo documento indica también que la eliminación de los derechos de aduana a casi todos los productos y la reducción de obstáculos técnicos ayudará a aumentar el comercio de bienes y servicios entre la UE y Canadá en casi un 25%.
Según se indica en este mismo documento, las disposiciones aduaneras y de facilitación del comercio incluyen el acceso a las resoluciones anticipadas sobre el origen o clasificación de los productos y procedimientos automatizados facilitando el acceso de las pymes europeas al mercado canadiense. El 90% del comercio bilateral de mercancías entre la UE y Canadá es generado por la industria de maquinaria y bienes de equipo, química, farmacéutica y de transporte. Según señala la patronal europea “El CETA traerá nuevas oportunidades para las empresas europeas que frecuentemente no pueden vender un producto sin proporcionar servicios de instalación o mantenimiento”.
Por otro lado, según se extrae de este documento, la UE y Canadá se comprometen a la no discriminación entre los inversores nacionales y extranjeros. Para ello, CETA incorpora los elementos esenciales del nuevo enfoque de la UE sobre protección de la inversión y resolución de controversias en relación a temas de inversión, por ejemplo, un mecanismo de apelación, jueces permanentes, y reafirmación explícita de los gobiernos del ‘derecho a regular’.
Como se ha mencionado anteriormente, las negociaciones entre la UE y Canadá finalizaron en 2014; sin embargo el acuerdo no ha sido suscrito hasta octubre de 2016 debido a las reticencias de algunos Estados miembros. El pleno del Parlamento europeo, aprobó el 15/02/2017 la ratificación del acuerdo y se prevé que el acuerdo empiece a aplicarse de forma provisional en primavera de este año, cuando Canadá lo ratifique.
En el momento en que se produzca la ratificación por parte de Canadá, el 95% del tratado producirá efectos y quedará a la espera de su aprobación definitiva hasta que los Estados miembros lo ratifiquen y den el visto bueno a aquellas partes del acuerdo que no son competencia exclusiva de la Comisión Europea. De momento, quedará excluido el capítulo del tratado relativo a las inversiones; los servicios financieros no quedarán cubiertos por ahora y tampoco entrarán en vigor los tribunales de arbitraje, estos capítulos quedarán a la espera de aprobación definitiva.